Objeción de conciencia bajo arresto: la nueva realidad de los farmacéuticos
La ley del aborto impulsada por Irene Montero elimina a los boticarios su libertad moral y les obliga a distribuir la píldora del día después bajo penas que van desde los 90.000 a un millón de euros
Ignacio Saurina trabaja en una farmacia de Chamberí desde hace 14 años. A lo largo de su vida ha estado muy comprometido con la bioética y todas aquellas cuestiones que atañen a la conciencia y al pensamiento ético de los sanitarios. Desde hace unos meses, Saurina tiene miedo de verse obligado a hacer cosas que van en contra de los ideales en los que él cree.
El enfado de este farmacéutico se debe a la nueva ley del aborto, aprobada el 16 de febrero de 2023 e impulsada por Irene Montero, en la se incluye una cláusula que obligará a los farmacéuticos a proporcionar gratuitamente la píldora del día después, que debe tomarse en las primeras 72 horas tras la relación sexual, bajo la amenaza de sanciones que puede alcanzar el millón de euros a todos aquellos no quieran dispensarla. Es en el artículo siete donde se hace referencia a esta medida, y se señala que «se considerarán adecuadas las existencias de métodos anticonceptivos de urgencia para la prestación del servicio en función de la demanda de cada farmacia». Así, la píldora anticonceptiva entrará a formar parte del listado de medicamentos que obligatoriamente tienen que tener los boticarios y, por tanto, no podrán argumentar que no la distribuyen.
Tras la publicación y puesta en marcha de esta ley, las asociaciones farmacéuticas y grupos sanitarios han manifestado su disconformidad. Desde la Asociación Española de Farmacia Social se ha criticado abiertamente esta medida de obligación para las farmacias, a pesar de que haya, según indican, una minoría de detractores en los establecimientos. Para ellos, la obligatoriedad de la dispensación de la píldora del día después bajo pena de multa es «un claro atentado a la libertad de conciencia del farmacéutico, reconocida por el Tribunal Constitucional en su Sentencia de 25 de junio de 2015 (dictada en el Recurso de Amparo núm. 412-2012)». Esta sentencia admitió el derecho a la objeción de conciencia de los farmacéuticos, vinculado al derecho fundamental a la libertad ideológica del artículo 16.
Julio Tudela es uno de los referentes nacionales en el plano universitario bioético. Es profesor universitario, también farmacéutico y dirige el Observatorio de Bioética de la Universidad Católica de Valencia, uno de los más pioneros en España, y en él divulga sobre cuestiones como esta. «Cuando un gobierno, cuya obligación es respetar el imperio de la ley, afirma cosas como esta, peligra el libre ejercicio de la objeción de los ciudadanos», afirma Tudela. Además, asegura que aunque el ministerio de Igualdad dictamine sobre los boticarios, estos tienen alternativas: «Aunque la ministra obligue a dispensarla en las farmacias, los farmacéuticos pueden acogerse a la objeción de conciencia porque así lo recoge la sentencia del Tribunal Constitucional del 2015».
Sanciones millonarias
Las multas son variadas. Dentro de la Ley de Garantías y Usos Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobada en julio de 2015 (RD 1/2015, de 24 de julio), se aprecian multas monetarias y castigos que recibirán aquellos boticarios que no tengan accesible algunos de los medicamentos de venta obligatoria, como en este caso la píldora. En caso de no tenerlos, se enfrentan a sanciones económicas que van desde los 90.000 hasta un millón de euros. Si bien es cierto que no han contemplado esta penalización en su texto, aseguran que la píldora es de distribución obligatoria por parte de todos los profesionales, incluidos los farmacéuticos, y, por tanto, forma parte de estos medicamentos penalizados.
«Si estuviera yo solo en la farmacia, me lanzaba a la piscina del tirón y no proporcionaba ninguna píldora, pero tengo tres trabajadores más a mi cargo y las multas son altísimas», ha contado Saurina. El farmacéutico asegura que esta ley impide de todas las formas posibles que los profesionales como él se puedan acoger a la objeción de conciencia. «¿Un millón de euros? Ninguno podemos hacer frente a una deuda así. Sinceramente, los farmacéuticos estamos desamparados», ha añadido.
El Consejo General de Colegios de Farmacéuticos reivindica el derecho a la objeción de conciencia de estos profesionales. Además, asegura que, a pesar de que esta objeción está amparada por el Tribunal Constitucional, la ley no la recoge. «Debe evitarse la judicialización y en el trámite parlamentario consideramos que el texto de la futura ley debe incluirla, para una mayor seguridad jurídica de los farmacéuticos y mayores garantías para los ciudadanos para asegurar siempre su acceso a la píldora», de venta libre (sin receta) en farmacias desde septiembre de 2009.
Tudela afirma que, en ocasiones, el embrión ya se haya formado a las primeras 76 horas, de modo que podrían utilizar la objeción de conciencia para no distribuir la píldora: «La razón principal por la que deberían poder acogerse es porque existen motivos razonables para pensar que muchas de las veces que las píldoras impiden un embarazo lo hacen terminando con la vida del embrión temprano»,
Riesgos más allá de la conciencia
Tanto Perico como otros farmacéuticos reconocen, también, los riesgos de esta píldora frente a otros métodos. «Las mujeres que lo necesiten podrán acceder a la píldora del día después de forma gratuita en los centros de salud y ésta deberá, por supuesto, estar disponible de forma obligatoria en todas las farmacias», aseguró la ministra de Sanidad durante la presentación de la ley el pasado agosto.
Desde la Aesp aseguran la ley no es solo un atentado contra los farmacéuticos sino que también es una «gran irresponsabilidad» ofrecer esta píldora gratuitamente: «Es irresponsable distribuir sin control esta pastilla cuando ha sido un producto aprobado por la Agencia Española del Medicamento para un uso excepcional en la anticoncepción». Además, consideran que el nuevo proyecto se posiciona «en contra de un uso racional del medicamento». «Con esta ley se propicia el abandono de otros métodos anticonceptivos más seguros, eficaces, y que suponen un menor riesgo para la salud de las adolescentes y para el embrión humano», han indicado. Tudela explica que la píldora del día de después es el único preparado hormonal oral que no requiere prescripción médica y que no lleva ningún tipo de control de farmacovigilancia: «De este modo podría favorecerse el abuso de este fármaco y que las mujeres que padecen contraindicaciones a la toma de este preparado de derivado de progesterona sufran las consecuencias de un uso indebido, ya sea por contraindicado o por usarlo con una frecuencia no aconsejada».
Hasta ahora, la píldora anticonceptiva de emergencia se encontraba en farmacias, y se facilitaba sin receta por un precio de 20 euros. «El precio que tenía hasta ahora, más allá del coste en sí de este tipo de componente, también aseguraba de algún modo que su adquisición no sería tan sencillo», asegura Fernando. Tudela recuerda que este fármaco es menos eficaz que otros métodos anticonceptivos y que no debe utilizarse más de una vez al mes. «La dispensación masiva, gratuita y sin control de este fármaco favorecerá situaciones de abuso que al final revertirá en daño para las mujeres que lo consumen».
Una vulneración de la conciencia
Si bien es cierto que la ministra de Igualdad aseguró en la redacción del texto previo el pasado agosto que el derecho al aborto sería compatible a la objeción de conciencia del sanitario que debiera asistir a la mujer en la intervención, esta nueva ley no incluye a los boticarios y, por tanto, quedan excluidos de esta objeción de conciencia. La obligación de dispensar la píldora vulnera la libertad de conciencia profesional que se recoge en el artículo 16 de la Constitución. En ella se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto en sus manifestaciones y la persona no podrá ser obligada a declarar sobre su ideología.
Tudela reconoce que los boticarios pueden atenerse no solo a la objeción de conciencia, sino también a la objeción de ciencia ya que la posible distribución de este medicamento no garantiza un seguimiento posterior. «Los farmacéuticos deben velar por el control fármaco-terapéutico de los medicamentos, de modo que se podrían oponer a dispensar un fármaco hormonal que escapa a las medidas de control que la ley recoge para este tipo de fármacos».
La ministra de Igualdad justificó, cuando presentó la medida, que se debía «acabar con los obstáculos que impiden el ejercicio efectivo del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo con la red pública como red de referencia». «No entiendo por qué siendo sanitarios estamos excluidos de esta objeción. Nuestra conciencia es igual que la de un médico o un enfermero que también receta o distribuye esta píldora que, además, es mucho más perjudicial que otros métodos anticonceptivos más eficaces», añade Perico Pérez.